Anotación de la construcción en la matrícula
Regularizamos una construcción, ampliación o demolición existente que todavía no consta en el Registro de la Propiedad, coordinando las etapas jurídicas, municipales, fiscales y registrales.
5,0 · 18 reseñas en GoogleAnotar la construcción significa hacer que la matrícula refleje la edificación que realmente existe en el terreno. El procedimiento suele depender de la regularidad municipal de la obra, de los documentos técnicos y de su situación fiscal y de seguridad social antes de presentar la solicitud al Registro de la Propiedad.
Qué puede abarcar la anotación.
- Diagnóstico de la matrículaConfirmamos qué está registrado, la superficie del terreno y la ausencia o desactualización de la construcción, ampliación o demolición.
- Regularidad municipalVerificamos la licencia, el certificado de finalización, el habite-se, el registro y los demás documentos exigibles según el inmueble y el municipio.
- Documentación técnicaCoordinamos jurídicamente el uso de planos, informes y responsabilidades técnicas elaborados por profesionales habilitados.
- Situación fiscal y de seguridad socialIdentificamos los comprobantes o certificados aplicables a la obra y los puntos que requieren la actuación de un contable u otro profesional especializado.
- Registro de la PropiedadPreparamos la solicitud, presentamos los documentos y atendemos los requerimientos relacionados con la anotación.
- Ampliación o demoliciónTambién evaluamos actualizaciones parciales cuando la matrícula registra una superficie construida distinta de la actual.
Cómo funciona.
- Revisión del registro y del catastroComparamos la matrícula, el IPTU y los documentos municipales para localizar la divergencia relativa a la edificación.
- Mapa de cuestiones pendientesSeparamos lo que depende de regularización municipal, documentación técnica, una actuación fiscal o una solicitud registral.
- Obtención y presentaciónCoordinamos los documentos con los profesionales implicados y presentamos la solicitud al Registro de la Propiedad.
- Seguimiento de la anotaciónRespondemos a los requerimientos y acompañamos el procedimiento hasta la decisión y, si se acepta la solicitud, la expedición de la matrícula actualizada.
Qué ayuda en el análisis inicial.
- Matrícula actualizada del inmueble
- IPTU y catastro municipal
- Licencia y certificado de finalización o documentos equivalentes
- Planos, informes y ART/RRT aplicables
- Certificados o comprobantes fiscales y de seguridad social exigibles
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Quién dirige esta área.

Socia responsable de las áreas inmobiliaria y sucesoria (OAB/SP 428.777). Posgraduada en Derecho Inmobiliario por la PUC-SP y en Derecho de Sucesiones por la PUC-Campinas. Medalla Notario Luiz Gama (Cámara Municipal de Santo André).
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Preguntas comunes.
¿Qué significa anotar registralmente una construcción?
Significa registrar en la matrícula que una edificación, ampliación o demolición ocurrió. La matrícula pasa a reflejar la situación de la edificación acreditada por los documentos presentados.
¿Es posible vender un inmueble con construcción no anotada registralmente?
La divergencia puede dificultar escritura, financiación, evaluación y seguridad del negocio. La posibilidad concreta de venta depende de los documentos y del análisis de las partes, del banco, del notario y del Registro de la Propiedad.
¿El certificado municipal de finalización de obra es suficiente para la anotación?
No siempre. Además del documento municipal, el Registro de la Propiedad puede exigir una solicitud, documentos técnicos, el registro actualizado y la acreditación fiscal o de seguridad social aplicable a la obra.
¿El abogado regulariza la obra en el ayuntamiento?
El abogado conduce la estrategia y los actos jurídicos. Los proyectos, informes y responsabilidades técnicas corresponden a un ingeniero o arquitecto; las cuestiones contables y de seguridad social pueden requerir un contable. Actuamos de forma coordinada.
¿La construcción antigua también necesita ser anotada registralmente?
Si la edificación existe y no consta en la matrícula, la actualización puede ser necesaria aunque sea antigua. Los documentos y las eventuales reglas sobre caducidad o exención deben comprobarse en cada caso.
¿Cuánto tiempo lleva la anotación?
Depende de que la obra ya esté regularizada ante el municipio y de que estén disponibles los documentos técnicos y fiscales. Las cuestiones pendientes antes de acudir al Registro suelen determinar el plazo total.
¿La construcción todavía no aparece en la matrícula?
Envíe la matrícula, el IPTU y los documentos municipales disponibles. Organizamos un diagnóstico de las cuestiones pendientes antes de presentar la solicitud.

