Derecho empresarial · Propiedad intelectual

Infracción de marca y competencia desleal

Actuamos frente al uso indebido de marcas, nombres empresariales, imagen de conjunto (trade dress) y otros signos distintivos, con preservación de pruebas y una estrategia extrajudicial o judicial.

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En resumen

La defensa de una marca exige distinguir una semejanza legítima del riesgo de confusión, la asociación indebida, el aprovechamiento parasitario o la desviación de clientela. La respuesta se define según los derechos existentes, la forma de uso, los canales implicados, la urgencia y las pruebas disponibles.

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Esta página aborda el uso indebido de marcas en el mercado y la competencia desleal. Para solicitudes y registros, consulte registro de marca en el INPI; para oposiciones, respuestas y recursos administrativos, consulte defensa y oposición en el INPI.
Lo que hacemos

Cómo podemos estructurar la protección.

  • Análisis de la infracciónComparamos signos, productos, servicios, público, canales, territorio, anterioridad y carácter distintivo para determinar el alcance del conflicto.
  • Preservación de pruebasOrientamos la obtención lícita de pruebas en páginas web, anuncios, envases, comunicaciones, ventas y otros soportes relevantes antes de que desaparezcan.
  • Notificación extrajudicialCuando procede, preparamos una comunicación proporcionada para solicitar el cese del uso, aclaraciones, la preservación de pruebas o el inicio de una negociación.
  • Plataformas y dominiosEvaluamos las medidas disponibles en plataformas de comercio electrónico, redes sociales, proveedores y controversias sobre dominios, distinguiendo las políticas privadas de las decisiones judiciales.
  • Tutela judicialExaminamos la obligación de cesar el uso, las medidas judiciales urgentes, la obtención de información, la indemnización y otras medidas que permitan los hechos y la ley.
  • Competencia deslealActuamos ante la imitación de la imagen de conjunto (trade dress), la desviación fraudulenta de clientela, la confusión empresarial y otros actos de competencia desleal.
Paso a paso

Cómo funciona.

  1. Evaluación de urgenciaConfirmamos el derecho invocado, el uso cuestionado, los canales activos y el riesgo de que el uso continúe o se pierdan pruebas.
  2. Análisis jurídico y probatorioOrganizamos la información sobre titularidad, anterioridad, semejanzas, contexto de mercado, alcance del uso y documentos disponibles.
  3. Elección de la respuestaDefinimos si la respuesta proporcionada es un contacto estratégico, una notificación, un procedimiento ante la plataforma, una negociación o una acción judicial.
  4. Ejecución y seguimientoEjecutamos la estrategia aprobada, seguimos las respuestas y ajustamos las medidas según los hechos y las decisiones.
Documentos

Documentación para el análisis inicial.

  • Certificado o solicitud de registro de la marca
  • Pruebas de uso y anterioridad del signo
  • Capturas de pantalla, enlaces, anuncios, envases y facturas
  • Información sobre canales, alcance y público afectado
  • Comunicaciones anteriores con el responsable del uso
Opiniones de clientes

Lo que dicen en Google.

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5,0 · 18 reseñas

“Desde el principio recibí una atención excepcional. El equipo es atento y explica cada paso.”

Amanda M. · Google

“Excelentes profesionales, muy cualificados. Destaco su profesionalidad, atención y honestidad.”

Rita G. · Google

“Muy educado y paciente, siempre con respuestas precisas y acertadas. ¡Lo recomiendo sin reservas!”

Thais T. · Google

Traducciones de reseñas reales de clientes publicadas en Google.

Responsable del área

Quién dirige esta área.

Renato Falchet
Renato Falchet

Socio responsable del área empresarial (OAB/SP 344.334) y miembro de la AIPLA — American Intellectual Property Law Association. También es miembro de la AASP y tiene un posgrado en Derecho Empresarial por la FGV. Domina el inglés.

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Preguntas frecuentes

Preguntas comunes.

¿Qué puede constituir una infracción de marca?

El uso no autorizado de un signo idéntico o similar puede ser ilícito cuando afecta a un derecho protegido y crea un riesgo jurídicamente relevante de confusión o asociación. El análisis depende del registro, del uso y del contexto de mercado.

¿Necesito tener la marca registrada para actuar?

El registro refuerza y delimita el derecho sobre la marca, pero pueden existir otros fundamentos, como el nombre empresarial, la competencia desleal y la protección de la imagen de conjunto (trade dress). El fundamento adecuado depende de los hechos y de los derechos que puedan acreditarse.

¿Debo enviar una notificación extrajudicial primero?

No siempre. La notificación puede resolver o documentar el conflicto, pero también puede alertar a la otra parte y afectar a la preservación de la prueba. La urgencia, los riesgos y el objetivo deben evaluarse antes de contactar con la otra parte.

¿Es posible retirar el anuncio o el producto de una plataforma?

Las plataformas tienen sus propios canales y requisitos documentales. Una denuncia puede ser procedente, pero no sustituye necesariamente el análisis jurídico ni una orden judicial; una retirada indebida también puede generar riesgos.

¿Puedo pedir indemnización por uso indebido?

Puede solicitarse el cese del uso y una indemnización. En supuestos de infracción de marca reconocidos por la jurisprudencia del STJ, el daño puede presumirse sin probar individualmente cada perjuicio. Aun así, deben acreditarse el acto ilícito y la aplicabilidad del precedente. El importe se determina conforme a los criterios legales, incluidos los del artículo 210 de la Ley 9.279/1996, sin garantizar cuantía ni resultado.

¿Cuál es la diferencia entre infracción de marca y oposición en el INPI?

La infracción se refiere al uso de la marca en el mercado y a sus efectos. La oposición es un procedimiento administrativo para cuestionar si debe aceptarse una solicitud de registro. Los procedimientos pueden coexistir, pero tienen objetos y pruebas diferentes.

¿Un tercero está utilizando su marca?

Envíe el registro, los enlaces y las pruebas disponibles. El análisis inicial identifica la urgencia, los riesgos y las medidas jurídicamente adecuadas.

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