Reconocimiento de paternidad en São Paulo
Reconocimiento voluntario notarial, acción judicial de paternidad con prueba de ADN y los efectos sobre alimentos y herencia. Presencial en Avenida Paulista o remoto.
5,0 · 18 Reseñas de GoogleReconocido o declarado judicialmente, el hijo tiene los mismos derechos: nombre, alimentos y herencia (CF, art. 227, §6). El reconocimiento voluntario es un acto notarial simple cuando el padre quiere registrar; la acción de paternidad es la vía judicial para quien debe probarlo — con prueba de ADN cuya negativa injustificada crea presunción contra el presunto padre (Súmula 301/STJ).
Las vías del reconocimiento de paternidad.
- Reconocimiento voluntarioEscritura o registro notarial: el padre que quiere registrar al hijo lo hace por un acto simple — e irrevocable — del registro civil.
- Acción de investigación de paternidadLa acción judicial para establecer la filiación: prueba de la relación, testigos y examen de ADN.
- Prueba de ADN y negativaLa negativa injustificada al examen crea presunción de paternidad (Súmula 301/STJ) — el punto que decide la mayoría de los casos.
- Investigación post-mortemPaternidad investigada después de la muerte del presunto padre — con exhumación para ADN o prueba indirecta, y efectos sobre la herencia.
- Corrección del registroRectificación cuando la paternidad registrada no corresponde a la biológica — anulación o supresión del registro.
- Alimentos y herencia resultantesEl reconocimiento abre vía a alimentos y a la cuota de la herencia del padre — coordinamos el seguimiento.
- Defensa del presunto padreImpugnación de la acción: prueba de imposibilidad biológica, examen de ADN y negación de paternidad.
El ADN es la evidencia — y negarse a él tiene consecuencia.
La acción no depende solo del examen: la prueba indirecta — la relación en la época de la concepción, el trato como hijo, fotos y mensajes — sustenta la demanda y funda la presunción cuando el demandado se niega al ADN. El tribunal pondera el conjunto: la negativa injustificada carga la presunción de paternidad.
El reconocimiento voluntario es irrevocable: registrado, no puede deshacerse. El camino de vuelta es una acción de anulación probando vicio — fraude, coacción o error material — o la negación de paternidad, acciones con prueba y plazos propios.
Los efectos sucesorios son normalmente lo que trae el caso al escritorio: el hijo reconocido — voluntaria o judicialmente — es heredero forzoso, con derecho a la legítima del padre. En un inventario en curso, la filiación establecida tarde puede redibujar la división.
La paternidad socioafectiva es el punto contemporáneo: el STF reconoció que puede prevalecer sobre la filiación biológica cuando el vínculo familiar constituido es lo que importa (RE 898.060, Tema 622). El caso concreto decide cuál filiación prevalece — y si ambas pueden coexistir.
Cómo abordamos el caso.
- Elegir la víaVoluntaria notarial, acción judicial o defensa — según las posiciones de las partes.
- Reunir la pruebaRelación en la época de la concepción, trato como hijo, testigos y mensajes.
- Producir el examen de ADNEl examen oficial — y la consecuencia legal de la negativa injustificada.
- Obtener la sentencia y el registroDeclaración de filiación, corrección del registro y nueva partida de nacimiento.
- Resolver el seguimientoAlimentos, herencia y nombre — coordinados a continuación.
Qué traer a la primera reunión.
Documentos que facilitan el análisis
La prueba de la relación y los documentos del niño aceleran el reconocimiento o la acción.
- Certificado de nacimiento del niño
- Documentos de identidad de las partes
- Prueba de la relación en la época de la concepción
- Mensajes, fotos y registros de convivencia
- Testigos de la relación
- Prueba de trato como hijo
- Certificado de defunción, en casos post-mortem
- Sentencias o registros previos
Revisión del caso y propuesta por escrito antes de cualquier actuación. Contenido informativo bajo el Provimento 205/2021 del Colegio de Abogados de Brasil — no reemplaza una evaluación de su caso.
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Quién dirige esta área.
Socia fundadora de Falchet e Marques (OAB/SP 428.777). Posgraduada en Derecho Inmobiliario (PUC/SP) y en Derecho de Sucesiones (PUC-Campinas), dirige la práctica inmobiliaria, de familia y sucesoria. Directa al punto, sin tecnicismos.
Conocer a Letícia MarquesPreguntas comunes.
¿Cómo se hace el reconocimiento voluntario?
En la notaría del registro civil, por escritura o registro — un acto simple del padre mayor de 16 años. Es irrevocable: registrado, solo una acción judicial probando vicio (fraude, coacción, error material) puede deshacerlo.
¿Puede obligarse al presunto padre a hacer el ADN?
El juez no puede compelerlo físicamente, pero la negativa injustificada crea presunción de paternidad (Súmula 301/STJ) — en la práctica, negarse sin justificación es aceptar la filiación.
¿El hijo reconocido hereda?
Sí — reconocido o declarado judicialmente, el hijo es heredero forzoso con derecho a la legítima, igual a los demás hijos (CF, art. 227, §6). La filiación establecida tarde puede alterar un inventario en curso.
¿Puede investigarse la paternidad después de la muerte?
Sí — acción de investigación post-mortem. El ADN puede hacerse por exhumación o por prueba indirecta con parientes del fallecido. El reconocimiento tiene efectos sucesorios sobre la herencia.
¿Qué es la paternidad socioafectiva?
Filiación construida por convivencia, sin vínculo biológico. El STF reconoció que puede prevalecer sobre la biológica (Tema 622) — y en algunos casos ambas pueden coexistir, con efectos de cada una.
¿Cuánto tarda una acción de paternidad?
Con ADN producido sin resistencia, meses; con negativa, examen demorado o prueba indirecta compleja, más de un año. La presunción por negativa suele acelerar el resultado cuando está bien documentada.
¿La filiación está registrada — o necesita probarse?
Envíe los documentos del niño y la historia de la relación: identificamos la vía correcta — notaría o tribunal — y el seguimiento, con propuesta por escrito.